ERTE y Renovaciones durante el Estado de Alarma

01/04/2020

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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¿Sabías qué ya puedes renovar tu permiso de residencia de manera telemática y sin necesidad de coger cita ni de acudir a la Oficina de Extranjeros? De esta manera te evitas tener que estar pendiente de ver cuando hay disponibles, tener que esperar todas esas semanas para presentar la renovación, además de las largas filas o los infinitos ratos en las salas de espera.

 

Primeramente, nos gustaría aclarar la confusión más habitual con respeto al NIE, ya que lo que se renueva es la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) que es el documento de identidad personal que se otorga a los ciudadanos que residen legalmente en España (como el DNI para los españoles).

 

El NIE no puede ser renovado, porque es un Número único de Identificación de Extranjeros que se asigna solo una vez y sirve para identificar al Interesado en cualquier tramite (tenga o no tenga permiso de residencia. 

 

Estos son los trámites que se pueden realizar si ya tenéis el certificado digital o bien, mediante la representación de un Abogado:

 

  • Prórroga de estancia por estudios
  • Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
  • Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta propia
  • Renovación de residencia no lucrativa
  • Renovación de residencia por reagrupación familiar
  • Renovación de residencia con excepción de la autorización de trabajo
  • Solicitud de residencia de larga duración por residencia continuada en España durante 5 años
  • Solicitud de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE

 

Es muy importante tener en cuenta los plazos de renovación ya que las tarjetas de residencia temporales y de larga duración deben renovarse en los 60 días anteriores a su fecha de caducidad o hasta 90 después; mientras que la tarjeta de residencia por ser familiar de comunitario solo puede renovarse 30 días antes y hasta 90 después de la fecha de caducidad.

 

ERTE durante el Estado de Alarma por el Covid-19

 

Una de las cosas que más nos habeis preguntado durante el Estado de Alarma es cómo puede afectar que vuestra empresa os haya realizado un Expediente Regulador Temporal de Empleo (ERTE) a la hora de renovar vuestro permiso.

 

El ERTE es una suspensión temporal de tu contrato de trabajo. De esta manera pasarás a estar en una situación legal de desempleo y, por tanto, puedes acogerte a la prestación por desempelo pero, no es un despido, es decir, la relación laboral no finaliza.

 

Pues bien, para renovar la tarjeta de residencia en estos casos, estarás en una situación asimilada al alta, es decir, como si estuvieses dado de alta y, además, serás beneficiario de una prestación contributiva por desempleo, que es uno de los supuestos para renovar la tajeta. Por tanto, si te ha afectado un ERTE, no tienes por qué preocuparte ya que tu permiso se renovará sin que el ERTE afecte a tu situación.

 

Asimismo, durante este periodo de alarma se han suspendido los plazos o, por decirlo de otra manera, digamos que se han prorrogado automáticamente las tarjetas de residencia en España. Por ello, una vez la situación vuelva a la normalidad, podrás realizar la renovación de manera presencial en las Oficinas de Extranjeros, aunque nuestra recomendación es realizarla de manera telemática dentro del plazo.

 

Y te preguntarás, ¿por qué? Porque no sabemos exactamente lo que va a durar el Estado de Alarma ya que a la vuelta, las Oficinas de Extranjeros y el sistema de citas podría colapsar por la avalancha de solicitudes haciendo que se demore la resolución o que, incluso no puedas renovar en plazo y pierdas la residencia, mientrás que ahora siguen trabajando (sin atención presencial) y, además, con menor volumen de trabajo.

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