Modificación del Código Comunitario sobre visados

05/02/2020

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
5BF8A93A-D158-46F8-937F-6201A6C14F63@1x

Desde el 2 de febrero de 2020, las nuevas normas de la Unión Europea (UE) sobre visados de corta estancia, previamente acordadas en junio de 2019 entre el Parlamento Europeo y el Consejo, son de aplicación en todo el mundo y pretenden facilitar la solicitud de un visado para venir a Europa.

 

Los cambios se aplicarán a los viajeros de todos los países que necesiten visados para visitar la UE. En la actualidad, todos los países no pertenecientes a la UE o sus territorios necesitan tener visado. No hay cambios en el caso de los países que se benefician de la exención de visado para los viajes a la UE, porque las nuevas normas no se aplicarán a sus ciudadanos.

 

Las normas se refieren a los visados de corta duración para visitar los 22 países de la UE que forman parte del espacio Schengen y los cuatro países asociados. Un visado uniforme de corta duración expedido por uno de estos países cubrirá los viajes en los 26 países de Schengen durante un máximo de 90 días dentro de cualquier período de 180 días.

 

El cambio de la normativa está motivado por el crecimiento que ha tenido el sector del turismo. Desde 2009, las solicitudes de visados de la UE han aumentado un 57 % pero, los procedimientos de solicitud de visado no han cambiado desde 2010 y es necesario hacerlos más sencillos, manteniendo al mismo tiempo el mismo grado de seguridad y control. Asimismo las tasas de visado (60€) no se habían modificado desde 2006 y ya no sufraga los costes de tramitación de las solicitudes, sobre todo a causa de la inflación.

 

Debido a las nuevas normas, ahora las ventajas para los viajeros serán mayores ya que el procedimiento de solicitud de visados es más sencillo y fácil de utilizar. Además, las solicitudes de visado podrán presentarse hasta seis meses antes del viaje previsto, en lugar de los tres meses de antes, lo que permitirá tener una mejor planificación.

 

El plazo máximo de tramitación de las solicitudes de visado se mantendrá en quince días aunque, en casos concretos, podrá ser más largo y durará como máximo 45 días.

 

Con respecto al lugar de presentación, las normas seguirán siendo las mismas:

  • Los solicitantes deberán presentar su solicitud en el consulado del país que deseen visitar.
  • Los solicitantes que deseen visitar varios Estados Schengen deberán presentarla en el consulado del país donde vayan a pasar más tiempo.
  • Los solicitantes que planeen visitar varios Estados Schengen con duraciones de estancia similares deberán presentar su solicitud en el consulado del país cuyas fronteras exteriores vayan a cruzar primero al entrar en el espacio Schengen.

 

Con respecto a los requisitos, las normas tampoco han cambiado y, por tanto, se deberá presentar:

  • El impreso de solicitud de visado cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte expedido en los diez últimos años y válido un mínimo de tres meses después del final de la estancia.
  • Una fotografía de identidad.
  • Billetes de ida y vuelta.
  • El seguro médico de viaje adecuado y válido.
  • Documentos justificativos de la finalidad del viaje.
  • Alojamiento y medios ecónimicos para la estancia.
  • La tasa de visado que sube de 60 a 80 euros en el caso general. Además:
    • Los niños entre los 6 y los 12 años pagarán 40 euros.
    • Los niños menores de 6 años de edad están exentos.
    • Los ciudadanos de Armenia, Azerbaiyán y Rusia, debido a unos acuerdos, disfruntan de unas tasas reducidas de 35 euros.

 

De todos modos, en comparación con otros países, seguirá siendo baja. Por ejemplo, un visado de turista para los Estados Unidos tiene un coste de 143 euros, de 112 euros al Reino Unido y para Nueva Zelanda se les cobra 146 euros. 

 

Y ¿qué pasa con Reino Unido tras el Brexit? En 2019, el Reglamento sobre visados se modificó para conceder a los nacionales del Reino Unido la exención de visado para viajar a la UE tras el Brexit. Esto significa que los nacionales del Reino Unido seguirán sin necesitar visado cuando viajen a la UE para estancias de corta duración, de manera que no se les aplicarán las normas revisadas sobre visados.

 

Para más información, consulta con nuestros Abogados!

#hazloBien #doitRight

Nuestros clientes hablan por nosotros

Ver más testimonios (359) arrow_forward
Evgenia Manova

Evgenia Manova

EDDBFC7B-A7A2-4505-99FC-FA0312D95516@1x

¿No sabes qué hacer o qué pasos seguir?

¿Qué es eimmi®?