Asistencia Sanitaria para Extranjeros
26/05/2021
Aunque en 2018 volvió a sonar el concepto de Sanidad Universal en España (todo el mundo cubierto), hemos de decir que la Sanidad Pública española es limitada porque su aplicación tiene muchos matices.
Por un lado, si eres de nacionalidad española y resides habitualmente en España, estarás cubierto. Sin embargo, en caso de ser extranjero con residencia legal y habitual en territorio español, la normativa reguladora de acceso universal al Sistema Nacional de Salud, (Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio), impone una serie de condicionantes.
Concretamente, se ha de tener la condición de asegurado y acreditar no tener la obligación de estar cubierto de la prestación sanitaria por otra vía. Es decir, en caso de no ser español, habrás de tener la condición de asegurado (por ejemplo, por ser trabajador legal en España) o beneficiario del sistema (por ejemplo, como cónyuge de un trabajador legal en España) para poder tener acceso al Sistema Público de Asistencia Sanitaria.
En caso de no ser ni Asegurado ni Beneficiario, en principio habrá que contratar un seguro privado de asistencia sanitaria, al igual que es necesario para obtener algunos permisos de extranjería (por ejemplo, estudiantes, jubilados, otros familiares, etc.)
Por otro lado, las personas extranjeras sin residencia legal, el artículo 3 Ter de esta normativa asegura esta protección, siempre que se cumplan estas condiciones:
- No tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, en virtud de lo dispuesto en el derecho de la Unión Europea, los convenios bilaterales y demás normativa aplicable.
- No poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen o procedencia.
- No existir un tercero obligado al pago.
Como decíamos anteriormente, estas limitaciones tienen su sentido por la normativa de extranjería que exige en algunos casos la contratación de un Seguro Privado de Salud para evitar ser una carga para el Estado de Bienestar Español (por ejemplo, estudiantes, ciudadanos europeos que residan en España sin trabajar, reagrupados, familiares de un ciudadano español, etc.).
Para más información, consulta con un especialista en Derecho de Extranjería y asegura el éxito de tu procedimiento.
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