Autorización de Residencia para Menores

11/04/2023

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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La protección, el interés superior del menor y el derecho a la vida en familia reconocidos en nuestra Constitución generan una serie de mecanismos administrativos orientados a la protección de los menores.

El Derecho de Inmigración contempla diversas situaciones en las que los menores pueden acceder a una Autorización o Permiso de Residencia dependiendo, principalmente, de las circunstancias familiares y de sus progenitores.

Veamos las cuatro principales vías de regularización de los menores en España:

 

1. Reagrupación familiar

La regla general es que se puede reagrupar a los hijos menores al año de ser residente legal en España, acreditando medios económicos y vivienda digna. Es la vía más común y puede concederse tanto en el Régimen General como en Régimen Comunitario (hijos de Españoles o Europeos), siendo este último más flexible en cuanto a los requisitos.

 

2. Hijos de extranjeros residentes legales nacidos en España

El hijo de un extranjero residente nacido en España adquirirá automáticamente la misma autorización de residencia que el padre o la madre.  Si cada uno de los progenitores tuviesen una autorización distinta, se otorgará al menor aquella que sea más ventajosa o aquella por la que opten los padres.

Por ejemplo, una situación común es el hijo nacido en España de un extranjero residente con un permiso como, por ejemplo, un Arraigo. Al año de residencia puede iniciar el procedimiento de reagrupación bajo el régimen general.

 

3. Hijos no nacidos en España de extranjeros residentes legales

Los menores hijos de residentes que no hayan nacido en España pero que estén viviendo en nuestro país podrán obtener una autorización de residencia temporal que se concederá con la misma vigencia que sus progenitores.

La especialidad en este supuesto radica en la acreditación de que el menor lleva en España al menos dos años, que los progenitores tienen medios económicos suficientes y que disponen de una vivienda adecuada.

La valoración de estos criterios en este sentido suele ser flexible en cumplimiento del interés superior del menor, por lo que no primarán los requisitos puramente económicos frente al resto.

 

4. Hijos nacidos en España de extranjeros residentes irregulares o sin permiso de residencia.

Habiendo analizado los casos cuando los padres están ya legales, corresponde clarificar cual es la situación de un menor que nace en España o viene a España y sus padres están sin permiso de residencia aquí.

En estos casos, como exponíamos en este artículo, el hecho de que el menor nazca en España NO le da directamente la Nacionalidad Española. Existen algunas excepciones que también recoge nuestro artículo.

La regla general por tanto es que salvo que los padres estén legales, el menor nacido o no nacido en España pero que se encuentre aquí correrá la misma suerte que sus padres. Es decir, si no tienen permiso, el menor estará también sin permiso y, si consiguieran un permiso (por ejemplo, Estudiante o Arraigo Familia), el menor podría obtener el equivalente.

 

En cualquier caso, los menores tienen la ventaja de que no sufren ninguna consecuencia (legal) por no tener Permiso de Residencia (por ejemplo, sanciones) y tienen el derecho y la obligación de escolarizarse (acceso a educación) así como estarían cubiertos en lo que respecta a Asistencia Sanitaria por la Seguridad Social.

No obstante, es muy importante conseguir a los menores una Autorización o Permiso de Residencia cuanto antes, no solo para regularizar su situación administrativa, sino que, de cara a futuro, la ausencia de residencia legal puede generar ciertos perjuicios como, por ejemplo, no haber obtenido años suficientes de residencia legal y continuada para solicitar nacionalidad Española o que el menor no pueda realizar ningún viaje escolar al extranjero por carecer de documentación, entre otros.

Por ello, recomendamos acudir a un Abogado Colegiado especialista en Derecho de Inmigración que valore las circunstancias personales del caso y oriente en qué tipo de Autorización de Residencia es la más conveniente para un menor.

 

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