Concesión de Oficio - Nacionalidad Española

11/04/2019

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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De nuevo, nos alegra informaros de que ayer por la tarde recibimos una nueva concesión de Nacionalidad Española por Residencia. 

 

Se trata de un caso especial porque es la primera concesión de oficio que recibimos desde la entrada del nuevo procedimiento telemático (finales 2015), es decir, SIN presentación de recurso judicial ni otra clase de documentos. 

 

Esto nos permite conocer más sobre el retraso generalizado actual en este proceso: MáS DE TRES (3) AñOS pues este Expediente lo presentamos en este despacho el 1 de abril del año 2016. 

 

Podría significar que ya se están resolviendo los expedientes telemáticos con carácter general pero lamentablemente no es así. Esta resolución confirma que actualmente no se está siguiendo un orden en la resolución de expedientes y existen, por ejemplo, concesiones de expedientes de mayo 2016 ya resueltos y otros de febrero 2016 sin resolver.

 

Algunas teorías apuntan a que esto se debería a una estrategia del Ministerio de Justicia. Y te preguntarás, ¿por qué?

 

Como ya sabéis, el procedimiento de Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia se modificó en el año 2015 y entre los muchos cambios, la principal novedad era que por Ley el procedimiento no puede demorarse más de 1 año, cosa que se está incumpliendo de manera descarada.

 

Pasado ese año desde la presentación del Expediente y sin haber obtenido respuesta, se puede interponer un recurso judicial ante los Tribunales para agilizar una resolución por incumplimento de las autoridades. Y en estos momentos, lamentamos informar de que es lo único que funciona (en éste artículo, puedes encontrar más información acerca del proceso y sus costes).

 

Debido al éxito de estas demandas judiciales, el Ministerio habría comenzado a resolver los expedientes de manera desordenada con el objeto calmar las aguas y que los Interesados decidan seguir esperando antes que presentar el procedimiento judicial, es decir, como  medida de disuasión porque lamentablemente, medidas estructurales para deshacer realmente el retraso NO se han tomado y la falta de medios sigue siendo la misma. 

 

Por otro lado, como siempre decimos, aunque generalmente lo más sencillo y recomendable es esperar, algunos personas deciden ir a por todas, como el caso de algunos de nuestros Clientes que en el plazo de entre 3 y 6 meses han obtenido su Nacionalidad Española por la vía Judicial. Suelen ser Clientes para los que conseguir la Nacionalidad marca una diferencia MUY importante: les permite reagrupar a su familia más facilmente, viajar a los Estados Unidos, opositar a funcionario, etc... 

 

En definitiva, desde nuestro despacho, no creemos que esta sea la medida correcta sino que se debería dotar de más recursos a este departamento para que se puedan agilizar los plazos con carácter general para todos.

 

Para más información, no dudes en contactar con nuestros Abogados!

 

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