NUEVA LEY DEL REGISTRO CIVIL
05/05/2021
Como siempre, intentamos ofrecer las novedades legislativas en relación con la materia de extranjería y nacionalidad, así como en trámites relacionados.
En este caso, interesa sobretodo los procedimientos tramitados ante el Registro Civil, como por ejemplo, expediente matrimonial, nacionalidad por opción, así como la Jura o Promesa de la Nacionalidad Española (entre otros).
Pues bien, desde el 30-04-2021 ha entrado en vigor la nueva Ley del Registro Civil en España, siendo las principales novedades a destacar las siguientes:
- Nuevo modelo de Registro Civil único para toda España, informatizado, accesible electrónicamente. De esta manera, aumentará la seguridad jurídica, pues cada funcionario tendrá que utilizar un certificado de autentificación para poder acceder al sistema informático.
- El Encargado del Registro Civil ya no será el Juez-Magistrado, sino el Letrado de la Administración de Justicia, pues tiene la condición de cuerpo superior jurídico de dilatada experiencia en este campo y con amplios conocimientos en Derecho Procesal.
- Se asigna un código personal por ciudadano, cuya numeración parece que será idéntica a la del DNI. Esto significará que no será necesario pedir una partida de matrimonio para saber el estado civil, entre otras, sino que cada persona tendrá una hoja individualizada con toda la información desde que nació.
- Desaparecen los Libros de Familia en formato papel, manteniendo validez los expedidos en fecha anterior a la entrada en vigor de esta Ley. Ahora estarán digitalizados, y cada persona, como decimos, contará con una hoja o extracto oficial, en que la figuran sus datos personales, estado civil, etc.
- Se agiliza los procedimientos de cambio de apellidos e incluso de identidad.
- Se aplica la Ley del Procedimiento Administrativo Común (39/2015) para los recursos contra decisiones adoptadas por el Registro Civil.
- Como dijimos hace unas semanas, se integra legalmente la posibilidad de que los Notarios autoricen expedientes matrimoniales.
Ahora bien, aunque los cambios ya están regulados en la nueva normativa, tendremos que esperar para ver cómo se aplica en la esfera práctica, pues una modificación tan importante requerirá un proceso de adaptación.
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