Novedades en el Visado de Estudios

28/03/2023

Extranjeria 24h. ABOGADOS INMIGRACIÓN
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El pasado día 23 de Marzo, se publicó en el BOE la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Esta ley nace con la voluntad, y así consta en la exposición de motivos, de abordar reformas esenciales relacionadas con los desajustes entre el sistema universitario español y las necesidades actuales de la sociedad.

En su disposición adicional tercera y quinta se introducen una serie de novedades y modificaciones en materia de inmigración muy importantes, especialmente para aquellas personas que quieran venir a estudiar a España.

En primer lugar, la disposición adicional tercera modifica la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Concretamente introduce cambios en el artículo 33, en lo relativo a la vigencia de las autorizaciones iniciales de estancia por estudios superiores cuya duración se extienda más allá de un curso académico y a las prórrogas de las autorizaciones de otras categorías, así como respecto de los lugares de presentación de las solicitudes y exigencia de comparecencia personal.

 

¿Cuánto dura la Autorización de Estancia o Visado por Estudios en España?

 

  • Modificación del Art. 33: anteriormente, este articulo limitaba la vigencia de esta autorización haciéndola coincidir con la duración del curso o, si la duración era superior a 1 año, se limitaba a 1 año, prorrogable anualmente si el titular acreditaba que seguía reuniendo las condiciones requeridas para la expedición de la autorización inicial.

En su nueva redacción, se indica que la vigencia de la autorización coincidirá con la duración del curso para el que esté matriculado, de los trabajos de investigación, del intercambio de alumnos, de las prácticas o del servicio de voluntariado. En el caso de los estudios superiores, en los supuestos en los que el solicitante vaya a estudiar más de un curso académico, la vigencia de la autorización coincidirá con la duración oficial de los estudios (incluso si es superior a 1 año) en las condiciones que reglamentariamente se determinen, que incluirán el mantenimiento y comprobación de los requisitos que dieron lugar al otorgamiento de la autorización.

 

Por otro lado, esta ley también trae novedades y modificaciones respecto de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. En concreto, se busca ampliar los períodos de eficacia de las autorizaciones de residencia del estudiantado para búsqueda de empleo y la autorización de residencia para prácticas.

 

¿Cuánto dura la Autorización de Residencia para Búsqueda de Empleo en España?

 

  • Se modifica la disposición adicional decimoséptima de esta ley, estableciéndose que, una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones (conocimientos avanzados en un campo de trabajo o estudio que requiera una comprensión crítica de teorías y principios), correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo improrrogable de veinticuatro meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial. Es decir, la Autorización de Residencia para la Búsqueda de Empleo pasa de 12 meses a 24 meses de duración tras esta modificación.

 

¿Cuánto dura la Autorización de Residencia para Prácticas en España?

 

  • Modificación de la disposición adicional decimoctava por la que se establece que el período de validez de esta autorización de residencia para prácticas será de doce meses o igual a la duración del convenio de prácticas, de ser inferior. Esta autorización podrá ser renovada, por una sola vez, no pudiendo exceder de dos años el período total de la autorización inicial y de su prórroga. En el caso de que se trate de un contrato de trabajo en prácticas, la duración será la prevista en el mismo regida por la legislación laboral aplicable.

 

Muestra de la mutabilidad que existe en esta materia, consideramos estas novedades como positivas para las personas inmigrantes que o bien quieren estudiar en España o ya están estudiando. En el mismo sentido, si tiene dudas respecto de su situación como estudiante, recomendamos acudir a Abogados Colegiados para que le asesoren correctamente.

 

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