¡Podrás disfrutar de tus derechos sin la tarjeta de residencia!
17/12/2020
Hoy hablamos de una solución temporal que ha satisfecho el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, sobre la problemática que tratábamos en el artículo anterior; la dificultad de conseguir cita previa para acudir a la Policía al trámite de Puesta de Huellas tras obtener la concesión, así como para la cita posterior para recoger la Tarjeta.
¿De qué se trata?
El Ministerio, con fecha 30 de noviembre, ha publicado una nota de prensa donde indica que la mera tenencia de la resolución favorable de un permiso/autorización de residencia y/o trabajo de extranjería, facultará al titular para ejercer todos los derechos que produce la concesión.
Es decir, que aunque no hayas podido obtener la Tarjeta, podrás hacer valer frente a terceros (Seguridad Social, Hacienda, cualquier particular) los derechos que obtienes cuando formalizas el trámite obteniendo la Tarjeta de Residencia.
Esto tiene mucha transcendencia en la vida práctica, pues con esta novedad se te deberá permitir trabajar aunque todavía no tengas la Tarjeta, así como estudiar, abrir una cuenta bancaria, etc…
Pero si ya tengo resuelto el permiso, ¿se entiende que ya puedo disfrutar todos los derechos?
No. La normativa dispone que el Ciudadano extranjero tiene la obligación y el derecho de solicitar su Tarjeta de residencia, siempre y cuando el visado o autorización para permanecer en España sea por un periodo superior a seis meses, por lo que los derechos y obligaciones no podrán ejercitarse con plenas garantías hasta que finalmente se obtenga la Tarjeta.
¿Y cómo me aseguraré que efectivamente la resolución tenga plenos efectos frente a terceros?
El Ministerio ha solicitado a las Oficinas de Extranjería que reflejen, a partir de ahora, esta especificación en todas las resoluciones de concesión, tanto iniciales como de autorizaciones prorrogadas o renovadas. Asímismo, esta información se ha reflejado expresamente en la página web de la Sede Electrónica de la Secredtaria de Estado de Administraciones Públicas en los trámites de huellas, expedición de tarjeta y renovación de tarjeta de larga duración.
Por tanto, ten esto presente cuando recibas la concesión y asegúrate de que efectivamente, especifican la validez de los efectos en la propia resolución.
¿Durante cuánto tiempo estará vigente esta medida?
No hay constancia del tiempo de duración de esta medida, pero mientras siga existiendo la gran dificultad de obtener cita previa para realizar el trámite de Puesta de Huellas ante la Policía, seguramente seguirá en vigor.
Cuestión más que necesaria para desatascar un problema de orden público, pues con esta modificación se le permite disfrutar a la persona extranjera con residencia legal de todos los derechos que ofrece la normativa.
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